Tema 8 Gestión de cobros y pagos aplazados

 1. Normativa que regula el pago aplazado

Es la normativa para apoyar al  emprendedor contra la lucha de la morosidad en las operaciones comerciales, hay varios factores:

  • Objeto de la ley: Se fijan plazos de pago que dan lugar a entregas de bienes o a prestaciones de servicios entre empresas o con la administración.
  • Aplicación de la ley: Aplicación a todos los pagos en contraprestación en las operaciones comerciales.
  • Exentos de aplicación: Son operaciones en donde intervienen los consumidores y lo pagos efectuados mediante cheques y letras de cambio, que cuentan con su propia legislación
  • Plazos de pago: que debe cumplir el deudor y que serán pactados entre ambas partes con lo siguiente:

  • Efectos de la falta de pago en plazo:
  • Interés de compra:
Que entra en acción cuando se hace un incumplimiento de pago dentro de un plazo. El deudor está obligado a pagar la suma del tipo de interés establecido por el Banco Central Europeo. Se establece qué, un 1,5% simple anual + 8% base para calcular el interés total.


1.2 Comercio minorista
  • Los productos frescos y perecederos no excederán 30 días.
  • Los demás producto de alimentación no superarán 60 días.
  • Si no se ha fijado un plazo, se hará un pago antes de 30 días desde la fecha de entrega.
  • Se puede incrementar el plazo hasta 90 días si hay compensaciones económicas equivalentes al mayor aplazamiento.
  • Cuando se acuerden aplazamiento de pago superiores a 60 días desde la fecha de entrega y con lo siguiente:


  • En caso de demora en el pago, los intereses se devengan automáticamente a partir del día siguiente al señalado para el pago.
1.3 Pagos aplazados. Datos de la memoria normal y abreviada
  • El importe total de pagos aplazados a los proveedores en el ejercicio económico, especificando los que hayan excedido los límites legales de aplazamiento.
  • Plazo medio ponderado excedido (PMPE) de pagos.
  • Importe de salgo pendiente de pago a proveedores que al cierre del ejercicio económico acumule un aplazamiento superior al plazo legal de pago.
*Si se presenta el modelo abreviado de memoria no se tendrá que recoger el plazo ponderado excedido de pagos (PMPE)*

2. La letra de cambio y el pagaré

A)

La letra de cambio es un valor mediante el cual una persona (librador), ordena a otra (librado) que pague cierta cantidad de dinero en un plazo determinado a una tercera persona (tomador). Además en este se puede añadir un Aval (persona que se hace cargo del pago si no hay saldo (librado).

B)

Por tanto tenemos:

Librador: Persona que emite la letra de cambio
Librado: Persona/Entidad que paga.
Tomador Persona que recibe la cantidad
Endosante: Es el tomador y por tanto, el que cobra.
Endosatario: Es la persona que que cobra, por tanto el tenedor.
Avalista: Persona que garantiza el pago en caso de no haber salgo anteriormente.

C)

Aceptación: Declaración del librado por la que asume la obligación de pagar cuando llegue su vencimiento. Si el librado no aceptase la letra, el tenedor podrá dirigirse contra el librado para reclamar su pago.
Se confirma mediante firma de la letra de cambio, parcial o total con respecto a la cantidad y ha de ser pura y simple, sin estar sujeta a ninguna condición.

D)

Vencimiento: Puede emitirse de tal manera:
  • A fecha ficha: El día del vencimiento, se cobra.
  • A un plazo desde la fecha: El cobro se hará en un plazo indicado en donde NO se excluyen los días inhábiles (domingos y festivos)
  • A la vista: Será pagadera en el momento de su presentación al cobro
  • A un plazo desde la vista: Se pagará cuando transcurra el plazo establecido desde el momento que se acepta.
E) 

Otros elementos:



2.2 El pagaré

Es un crédito donde una persona (librado) se compromete a pagar a otra persona (tenedor) una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada. La diferencia con la letra de cambio es que en que quien emite el pagaré es el propio deudor y no el acreedor.




Los elementos personales del pagaré son:
  • Librado: Quien se compromete a pagar la suma de dinero.
  • Tenedor: Quien debe hacer la orden de pago de la suma de dinero.
  • Avalista: Persona que garantiza el abono del pagaré a favor del librado.



3. Operaciones bancarias con letras de cambio

Una vez se tiene la operación hecha, se puede optar por esperar al vencimimento para el cobro o bien presentarlo al banco para un descuento bancario

3.1 Gestión de cobro de efectos

Si la empresa no cede el derecho de cobro de los efectos mediante el endoso a la entidad financiera que hace de intermediaria, en el momento del vencimiento, el banco abonará en la cuenta corriente del cliente el importe, descontando la comisión y otros gastos aplicados por la entidad financiera por los servicios prestados.

Si no llegara a efectuarse el cobro, solo cargaría las comisiones de devolución y la empresa refleja a partir de ahí el efecto como impagado.

Los gastos de cobro más habituales son:
  • Gastos fijos de gestión: que son establecidos por cada entidad.
  • Comisiones: que se calculan aplicando un "%" sobre el valor nominal de los efectos que podrían ser:


3.2 Descuento bancario de efectos

Es la opción más usada para obtener liquidez a corto plazo. Te dan el importe sin que el título finalice, a cambio de un interés por el anticipo de esos importes.

Hay dos documentos de uso:

Remesa de efectos: Se detallan los datos de cada efecto y todos los los efectos que se van a descontar.
Factura de negociación: Es el documento por el cual el banco liquida la operación de descuento.



4. Factoring y confirming

El factoring es un medio para anticipar el cobro de facturas a crédito. Cedes las facturas a una empresa, que te adelanta el importe de estas, descontando los gastos de gestión y después la empresa cobra al deudor el importe en su vencimiento.


El confirming es un servicio por el cual una entidad financiera, anticipa al proveedor el cobro de sus facturas descontando los gastos establecidos. Mejorando las relaciones comerciales y generando confianza al proveedor.

Se pacta el pago en una fecha, el proveedor consigue el adelanto, el banco paga sus facturas y luego recibe el pago + intereses, comisiones y otros gatos.





















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